Auto24 de junio de 2026
A-818 de 2026
✓
Tema · dato duro
Sin Información
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 12 de mayo de 2026 , proferido por el Juzgado 007 Penal del Circuito con funci�n de conocimiento de Bogot� , dentro del tr�mite de la acci�n de tutela presentada por Bryan Steven Cruz Rubio contra la Universidad de Antioquia y la Contralor�a General de la Rep�blica.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC- 5419 al Juzgado 007 Penal del Circuito con funci�n de Conocimiento de Bogot� , para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisi�n a la que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 022 Penal Municipal con funci�n de Control de Garant�as de Medell�n que cuando considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, deber� tener en cuenta que, en principio, este debe ser resuelto por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual est� en la obligaci�n de observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- CUARTO. Por la Secretar�a General de la Corte Constitucional, COMUNICARLE la decisi�n adoptada en esta providencia a la parte accionante, al Juzgado 007 Penal del Circuito con funci�n de Conocimiento de Bogot� , y al Juzgado 022 Penal Municipal con funci�n de Control de Garant�as de Medell�n . Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente ICC-5419. Documento �002Tutela&Anexos.pdf� p.1. En adelante, siempre que se mencione un documento digital, se entender� que hace parte del expediente ICC-5419, a menos que se diga expresamente lo contrario. [2] Ibid. p. 11. [3] Documento �003AutoRemiteCompetencia.pdf� [4] Documento �005AutoProponeConflictoNegativoCompetencia.pdf� [5] El Despacho cit� Corte Constitucional, autos 300 de 2007 y 125 de 2015. [6] Documento �Correo envio ICC 5419.pdf� [7] Corte Constitucional, Auto 550 de 2018. [8] Art�culo 18. Conflictos de Competencia. Los conflictos de competencia que se susciten entre autoridades de la jurisdicci�n ordinaria que tengan distinta especialidad jurisdiccional y que pertenezcan a distintos distritos, ser�n resueltos por la Corte Suprema de Justicia en la respectiva Sala de Casaci�n que de acuerdo con la ley tenga el car�cter de superior funcional de las autoridades en conflicto, y en cualquier otro evento por la Sala Plena de la Corporaci�n. [9] Art�culos 86 de la Constituci�n y 8� transitorio de su t�tulo transitorio adicionado por el Acto Legislativo 01 de 2017, y los art�culos 32 y 37 del Decreto 2591 de 1991. [10] Corte Constitucional, Auto 493 de 2017. [11] Art�culo 8� transitorio del t�tulo transitorio de la Constituci�n Pol�tica de Colombia de 1991, introducido por el art�culo 1� del Acto Legislativo 01 de 2017. [12] Corte Constitucional, Auto 655 de 2017. [13] Corte Constitucional, Auto 493 de 2017. [14] Corte Constitucional, autos 053,158, 224 de 2018; 780 de 2024, entre otros. [15] �Art�culo 37. Primera instancia. Son competentes para conocer de la acci�n de tutela, a prevenci�n, los jueces o tribunales con jurisdicci�n en el lugar donde ocurriere la violaci�n o la amenaza que motivaren la presentaci�n de la solicitud (�) �. [16] Corte Constitucional, autos 053,158, 224 de 2018; 780 de 2024, entre otros. [17] Corte Constitucional, autos 299 de 2013 y 074 de 2016, entre otros. [18] Corte Constitucional, autos 086 de 2007 y 067 de 2011, entre otros. [19] V�ase tambi�n Corte Constitucional, Auto 1112 de 2024. [20] Documento �002Tutela&Anexos.pdf� p. 16. [21] Documento �002Tutela&Anexos.pdf� p. 2. [22] Documento �005AutoProponeConflictoNegativoCompetencia.pdf� p. 3.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.